Pago de utilidades 2024: ¿cuándo caen y cuánto me corresponde?

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CD. DE MÉXICO.- El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores en México que reconoce su contribución en las ganancias que obtienen las empresas o los patrones. Se otorgan una vez cada año y la fecha para recibirlas este 2024, ya está cerca. Esto es lo que dice al respecto la Ley Federal del Trabajo (LFT).

¿Cuándo se pagan las Utilidades 2024?
El reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que deba presentarse la Declaración Anual del empleador, de acuerdo con los periodos siguientes:

– Si el empleador es una persona moral (empresa), del 1 de abril al 30 de mayo.
– Si el empleador es una persona física, del 1 de mayo al 29 de junio.

¿Es obligatorio el pago de utilidades?
La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es una obligación que tienen los patrones de repartir entre sus trabajadores un porcentaje de las ganancias generadas por la empresa durante el año. Esto habla del agradecimiento y la salud financiera de la institución en cuestión.

Para los trabajadores, es un derecho constitucional de la población trabajadora, que proporciona un trabajo personal subordinado a una persona física o moral a cambio de un salario, por lo que tiene derecho a participar de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa, siempre y cuando éstas se generen.

Otorgar la PTU, al igual que dar de alta a los trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es un derecho laboral instaurado en la Ley Federal del Trabajo.

¿Hay empresas que NO deben pagar utilidades?
Según la LFT, en su artículo 125 quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades:

– Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento
– Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. La determinación de la novedad del producto se ajustará a lo que dispongan las leyes para fomento de industrias nuevas
– Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración
– Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios
– El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia
– Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía

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