Dan luz verde a cateos de vehículos por parte de estatales y federales

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CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, validó las inspecciones en vehículos por parte de autoridades de seguridad pública, federal y estatal.

De acuerdo a la sentencia emitida por ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, luego de un recurso de inconstitucionalidad tramitado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, se determinó la validez de las revisiones a vehículos.

“Los agentes estatales no podrán, so pretexto de ubicarse en la vía pública, parar arbitraria o caprichosamente al sujeto que viene conduciendo e inspeccionarlo a él o a su vehículo. Ello vulneraría sus derechos humanos”, reseña la resolución de la Suprema Corte.

Los ministros de la Suprema Corte, reconocen el derecho de privacidad que los usuarios de un vehículo de transporte tienen, al circular en territorio nacional, sin embargo, la autoridad policiaca cuenta con facultades para revisar el interior o al pasajero, en caso de una investigación de un delito.

En el caso de autoridades de tránsito, estas están facultadas para detener una unidad y aplicar una infracción del reglamento de tránsito, en caso que al interior de la unidad se hallen objetos que puedan ser usados para un delito, este autoridad puede llamar al Ministerio Público.

Para los policías, la decisión de inspeccionar un vehículo se tomará por el oficial, de acuerdo a las actitudes que tome el conductor o tripulantes de la unidad, lo cual se debe informar al conductor, la causa por la cual se realiza la revisión.

“El agente debe identificarse con el conductor e informarle el motivo por el cual lo “paró”. Podrá solicitar la presentación de la documentación que corresponda (licencia, registro vehicular u otra que corresponda, dependiendo del motivo del encuentro) y conducir una entrevista con el sujeto. Durante este proceso, el agente queda autorizado para, desde su posición, observar o mirar a simple vista hacia el interior del vehículo”, explica la resolución.

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