Acoso de cobradores hacia deudores se castigará con cárcel o multa (VIDEO)

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NUEVO LAREDO.- El pasado 25 de junio el Congreso de la Unión aprobó una nueva ley en contra del acoso de empresas contra clientes, declarando como delito la cobranza extrajudicial, por lo que cualquier empresa o individuo que acose al usuario puede ir a la cárcel o ser acreedor a una multa de hasta $300 mil pesos.

El abogado Manuel Galván declaró que cualquier empresa que cuente con deudores tiene la facultad de ir contra los bienes del cliente más no contra su dignidad, situación que con el paso de los años se hacía más presente en la sociedad, acosando en numerosas ocasiones a las personas.

“Cada vez era más intenso el desplazamiento para mortificar a los ciudadanos. Llamadas por teléfono, papeles colocados afuera del hogar, acoso en sus trabajos, e incluso molestias a quienes servían como referencias. Gracias a la pugna nacional el Congreso de la Unión eleva a delito la cobranza extrajudicial y lleva a cabo reformas al artículo 284 Bis que establece como delito a toda actividad que agrede al ciudadano”, señaló.

Agregó que dicha ley entra en vigor para todo tipo de empresa, sea mueblería, financiera, despachos de cobranza, bancos e incluso aquel denominado como prestamista, y al ser acusado de este delito pueden ser consignados para incluso atravesar de 1 a 4 años tras las rejas o pagar una multa que va desde los $50 mil hasta los $300 mil pesos.

“Es para todo el que lleve a cabo una cobranza, la única legal es la que se ejercita a través de los tribunales. Todo el que tenga algo que cobrar a un deudor deberá acudir a los tribunales. Aunque esto no debe ser justificación para que la gente no pague sus deudas”, finalizó.

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