En escuelas privadas cada plantel definirá uso de celular en aulas: SEP

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CD. DE MÉXICO.- La regulación del celular en las escuelas que entra en vigor el 3 de noviembre de 2026 generó una duda frecuente entre las familias con hijas e hijos en colegios privados: si las nuevas reglas también aplican en instituciones particulares o solo en escuelas públicas.

El Acuerdo número 09/09/26 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece en su artículo 1 que su objetivo abarca las escuelas públicas y particulares del Sistema Educativo Nacional, en los tipos básico, medio superior y superior. La mención a las instituciones particulares aparece incluso en el nombre oficial del acuerdo.

En términos simples: si el colegio forma parte del Sistema Educativo Nacional, aplican las mismas reglas por nivel que en una escuela pública. El documento no distingue entre sostenimiento público o privado.

¿Qué cambia en primaria y secundaria de colegios privados?

En educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, el artículo 2 establece la restricción del uso de celulares, dispositivos inteligentes y electrónicos personales durante toda la jornada escolar. Solo podrán usarse en estos casos:

Con fines educativos previamente programados, bajo la orientación de las y los docentes.
En emergencias personales.
Por discapacidad, accesibilidad, inclusión o necesidades de salud.
Por necesidades particulares y extraordinarias de la comunidad educativa.

¿Qué pasa en prepas y universidades particulares?
En media superior, cada plantel, sea público o privado, definirá sus reglas en una asamblea con su comunidad. El acuerdo propone cuatro modalidades: resguardo de los dispositivos en el aula o la dirección, uso limitado a horarios y espacios como el receso, sin uso durante la jornada o uso programado en días específicos con fines de aprendizaje. En cualquier modalidad, el celular podrá usarse en emergencias o por motivos de salud, discapacidad o inclusión.

En educación superior solo se fomentará el uso responsable y seguro, conforme a los acuerdos de cada comunidad educativa y a las disposiciones de las autoridades y de las propias instituciones.

¿Quién vigilará que los colegios privados cumplan?
El acuerdo encarga a las autoridades educativas de los estados y de la Ciudad de México adoptar las medidas necesarias para su aplicación, con la posibilidad de ajustarlas al contexto local. Tendrán 180 días naturales a partir del 3 de noviembre para emitir o armonizar sus propios instrumentos.

El documento no prevé sanciones ni un mecanismo de supervisión exclusivo para instituciones particulares. Tampoco aclara qué ocurre con colegios que ya aplicaban reglas propias más estrictas. Su enfoque es formativo y preventivo, y cada semestre se revisarán los avances.

Finalmente, el documento refiere que desde el día siguiente a la publicación comenzarán las asambleas con madres, padres, tutores y comunidades escolares para explicar las reglas de la regulación.

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