CD. DE MÉXICO.- Una de las dudas más recurrentes entre los contribuyentes mexicanos es la de saber si el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cobra impuestos en depósitos en efectivo cuando estos rebasan los 15,000 pesos, por ello, en esta nota te diremos cuál es la información oficial en torno a este tema.
De acuerdo con la información disponible en el portal oficial del Servicio de Administración Tributaria (SAT) actualmente no se cobra ningún tipo de impuesto por realizar depósitos en efectivo pues el llamado “Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE)” solo se aplicó entre el 2008 y el 2014, no obstante, se señala que, si los depósitos en efectivo rebasan los 15,000 pesos, los bancos tienen que notificárselo a las autoridades fiscales.
¿Por qué los bancos notifican al SAT los depósitos en efectivo mayores a 15,000 pesos?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) señala que, en caso de que un depósito en efectivo rebase los 15,000 pesos los bancos están obligados a notificarle dicha situación, posteriormente se podría iniciar una investigación y hasta ordenar la ejecución de una auditoría para aclarar lo que se consideraría una discrepancia fiscal y a su vez, este proceso podría derivar en la imposición de sanciones económicas y hasta del tipo penal al contribuyente señalado.
Es importante aclarar que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no vigila de manera permanente los depósitos en efectivo, sin embargo, señala que están facultados para solicitarle a las instituciones bancarias los reportes del comportamiento de los contribuyentes que se encuentren bajo proceso de alguna auditoria, fiscalización o revisión por parte de dicha institución fiscal.
Respecto al monto máximo que se puede realizar en una transferencia electrónica entre cuentas bancarias, en el artículo 90 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) se señala que este es de 600,000 pesos anuales y en caso de que se exceda dicha cantidad se deberá realizar la notificación pertinente al Servicio de Administración Tributaria (SAT), de lo contrario podría comenzarse una auditoria que también podría derivar en la imposición de multas y/o sanciones penales, según sea el caso.
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