CD. DE MÉXICO.- En su ardua lucha para erradicar actos de corrupción, Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) ha expuesto múltiples inconsistencias sobre la forma que funcionarios del gobierno de México gestionan el poder y los recursos públicos otorgados por la ciudadanía por lo que, en esta ocasión han señalado la suspensión del pago de una millonaria multa que la compañía Odebrecht tenía pendiente en México.
De acuerdo con la asociación civil, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) notificó a Gleiber José de Faría, exdirectivo de Odebrecht en México, que ha cancelado las gestiones de cobro de multas que acumulan más de mil 88 millones de pesos contra la constructora brasileña.
Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) tuvo acceso a un oficio fechado el 27 de junio de 2022, mismo en donde se detalló que la cancelación del cobro fue en cumplimiento a una sentencia del pasado 17 de marzo dictada por el primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de Primer Circuito el cual ampara y protege a Odebrecht en contra de la resolución de la Secretaría de la Función Pública (SFP) que inhabilitó por dos años y medio a la constructora sancionando también a dos de sus compañías y a un exdirectivo.
Dicha sanción, especificada en el expediente 003/207 contempla una multa de un millón 262 mil pesos a Gleiber José de Faría, exdirector de Administración y Finanzas de la constructora.
Cancelación de multas y sanciones
Por su parte, en el portal de sanciones de la Función Pública se incluyó una leyenda en los mencionados expedientes, misma que dio a conocer que “en estricto cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Colegiado, se deja insubsistente la resolución contra Odebrecht y en consecuencia las sanciones impuestas”.
Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) también señaló que las multas canceladas en conjunto superan los mil 88 millones de pesos, cantidad que es equivalente a cinco veces más de los sobornos que ejecutivos de Odebrecht confesaron haber pagado en México durante el sexenio del expresidente priista Enrique Peña Nieto.
Asimismo, la asociación civil detalló que la notificación del SAT al exdirectivo refiere que en cumplimiento a la sentencia del Tribunal Colegiado también se dejó sin efectos a la resolución de fecha 6 de abril de 2018 dictada en el expediente PTR-S-001/2017 y sus acumulados, incluyendo las gestiones de cobro de las multas impuestas.
Dicho expediente es una resolución que fue publicada en abril de 2018 en el Diario Oficial de la Federación mediante la cual se impuso una inhabilitación de dos años y seis meses a dos compañías de Odebrecht para obtener contratos gubernamentales en México.
El incumplimiento del contrato en obra pública
Odebrecht se ha mantenido en la mirada pública después de que el área de responsabiidades de Petróleos Mexicanos (Pemex) y su área de Transformación Industrial concluyeran que la compañía brasileña incurrió en una simulación en el cumplimiento de los requisitos para el contrato de obra pública DCPA-OP-GCP-DGTRI-A-3-15.
Dicho contrato contemplaba la construcción de accesos y obras externas para el proyecto de aprovechamiento de residuales para la Refinería Miguel Hidalgo en Tula por más de mil 811 millones de pesos.
En aquella ocasión, autoridades concluyeron que las compañías incumplieron la cláusula 3 apartado A ya que en junio de 2016 Constructora Norberto Odebrecht entregó una garantía corporativa a nombre de Odebrecht Ingeniería y Construcción Internacional de México SA de CV, señaló Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI).
Por su parte, Pemex apuntó que ambas compañías evadieron el cumplimiento de los requisitos y las reglas de ese apartado debido a que no se acreditó que la razón social cesionaria preservara “las capacidades técnicas, financieras y demás necesarias que permitieran el correcto cumplimiento del contrato”.
Por ello, la Secretaría de la Función Pública (SFP) sancionó e inhabilitó por dos años y seis meses tanto a Constructora Norberto Odebrecht SA y Odebrecht Ingeniería como a Construcción Internacional de México SA de CV y a su entonces director de finanzas, Gleiber José de Faría.
La postura del tribunal
Tras las sanciones interpuestas por la Secretaría de la Función Pública (SFP), el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concedió un amparo que echó para atrás su resolución el pasado 17 de marzo de 2022, puntualizó Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI).
Dicho amparo, protege al exdirectivo, Gleiber José de Faría, así como a las dos compañías involucradas de la resolución dictada por Pemex en abril de 2018 por “vicios de fondo”.
La asociación civil expuso que la sentencia del mencionado Tribunal determinó que la garantía corporativa entregada a Pemex por Construcción Internacional de México podía ser válida siempre y cuando “ejerza control sobre las acciones representativas” de la compañía que recibió la contratación.
Además, la sentencia señala que no se logró demostrar que las empresas y el exdirectivo hayan tenido por objeto evadir o simular el cumplimiento de los requisitos o reglas establecidos en el contrato celebrado.
Asimismo, la protección otorgada por la autoridad también indicó que el Área de Responsabilidades de Pemex Transformación Industrial debe dejar insubsistente la resolución dictada en abril y tiene que emitir una nueva, apuntó Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI).
Esta nueva resolución deberá consignar que ambas compañías y el exdirectivo no incurrieron en las conductas irregulares atribuidas consistentes en la evasión o simulación del cumplimiento de las reglas o requisitos que derivan del contrato de obra pública.
Sanción pendiente
Pese a haber logrado ampararse, Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) recordó que a Odebrecht le quedan al menos dos procedimientos más vigentes en su contra.
El primero, refiere al año 2019 cuando la Secretaría de la Función Pública determinó que Odebrecht Ingeniería y Construcción Internacional de México debía pagar una multa por 543.4 millones de pesos por incumplir con los requerimientos legales y autorizaciones necesarias para celebrar un convenio modificatorio de un contrato.
En ese caso la sanción también implicó una inhabilitación por tres años a la compañía.
En un segundo escenario, la asociación civil destacó que ese mismo año también se inhabilitó por tres años a Constructora Norberto Odebrecht por “haber actuado con dolo al cobrar cantidades indebidas por concepto de costos de financiamiento” a Pemex Refinación, la sanción de este caso fue ratificada en 2021 por la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
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