Tamaulipas: Tendrán cuatro días para impugnaciones

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CD. VICTORIA.- Una vez que concluya el conteo de actas en cada uno de los consejos, los candidatos de la elección judicial tendrán hasta cuatro días para presentar las impugnaciones que consideren, informó el Consejero presidente del Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam), Juan José Ramos Charre, señalando que las mismas se pueden presentar ante la autoridad electoral o el Tribunal Electoral de Tamaulipas.

“Los candidatos o candidatas que estén inconformes con los resultados de la elección judicial deberán presentar sus impugnaciones ante el Instituto Electoral de Tamaulipas o ante el Tribunal Electoral de Tamaulipas hasta cuatro días después de que finalicen los cómputos oficiales”.

Aclaro que será a partir del término oficial de cada uno de los consejos, empezará a correr el plazo de cuatro días para que se presenten inconformidades e impugnaciones.

Reiteró que está prevista una fecha límite para la resolución de las impugnaciones que se presenten.

“la ley establece un plazo máximo hasta el primero de agosto para que el Tribunal Electoral de Tamaulipas resuelva todas las impugnaciones que se han presentadas”.
Ramos Charre llamó a la paciencia de los participantes en el proceso y recomendó esperar a que finalice la etapa de cómputos.

El Consejero presidente del Ietam agregó que tras las elecciones del domingo «se reporta un saldo blanco y sólo se registraron incidentes menores”.

Sobre el tema de los votos nulos en la elección, aclaró que no todos los que se señalan corresponde a actas que los ciudadanos decidieron anular, sino que hay algunos espacios que el electorado decidió no tomar en las boletas.

“no se trata de votos nulos puros, es decir, producto de errores cometidos por el elector al momento de tomar la decisión de por quién votar, tampoco de la imposibilidad de la autoridad para descifrar el sentido del sufragio del ciudadano, sino que son votos que simplemente no se usaron y, por ende no se ocuparon los recuadros”.

Así, explicó que los votos no emitidos por la ciudadanía o espacios en blanco y los votos nulos se agruparon en el mismo concepto, aunque se trata de situaciones distintas.

“No es equivocación del ciudadano al momento de sufragar, anulación de la elección o producto de errores al momento de vitar, sino que se optó por marcar uno, dos o los diez para el caso de candidatos al cargo de magistrados, toda vez que es correcto lo uno y lo otro, aunque los efectos son distintos”.

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