Suprema Corte invalida en su totalidad acuerdo que blindaba “obras prioritarias”

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CIUDAD DE MÉXICO.- Por mayoría de seis votos a favor, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválido, en su totalidad, el acuerdo del Poder Ejecutivo por el cual se reserva información y se declaran proyectos y obras del Gobierno de México, conocidos como prioritarios, como de interés público y seguridad nacional.

Lo anterior, después de que el pasado jueves 18 declaró inconstitucional el acuerdo del que declaraba obras y proyectos como de interés público y de seguridad nacional, por transgredir el derecho de acceso a la información, así como las facultades del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para su salvaguarda.

Invalidez del acuerdo es de carácter total
La SCJN determinó en cuanto a dichos efectos, por mayoría de seis votos, que la invalidez del acuerdo es de carácter total, por tratarse de una instrucción hacia las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, la cual quedó insubsistente.

Además, por tratarse de una materia ajena a la penal, la SCJN precisó que los efectos de la resolución no serán retroactivos.

Cabe señalar que la controversia constitucional 217/2021, promovida por el INAI, en contra del Poder Ejecutivo Federal, demandaba la invalidez del “Acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del Gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional”, publicado en el Diario Oficial de la Federación de 22 de noviembre de 2021.

 

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