CHIAPAS.- Las personas que comercializan productos de manera habitual a través de Facebook, Instagram o WhatsApp están obligadas a registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), declarar sus ingresos y pagar los impuestos correspondientes, advirtió el vicepresidente de Fiscal del Colegio de Contadores Públicos Chiapanecos, Raquel Antonio Moreno.
Explicó que la autoridad fiscal cuenta con herramientas tecnológicas para detectar ingresos no declarados mediante transferencias y depósitos bancarios, debido a que las instituciones financieras reportan operaciones a las autoridades fiscales y a la Unidad de Inteligencia Financiera.

Antonio Moreno aclaró que los impuestos no necesariamente se calculan sobre el total de la venta, sino sobre la utilidad obtenida. Como ejemplo, señaló que si un producto costó 100 pesos y se vendió en 150, el impuesto se determinaría sobre la ganancia de 50 pesos, conforme al régimen fiscal aplicable.
Recomienda que todos estén al corriente
Ante el inicio del último cuatrimestre del año, recomendó a empresas y contribuyentes revisar mensualmente sus pagos provisionales, comprobantes fiscales y contabilidad electrónica, sin esperar hasta la presentación de la declaración anual.

También alertó sobre el uso de facturas emitidas por empresas fantasma. Señaló que quienes deducen comprobantes de operaciones inexistentes pueden enfrentar la cancelación de la deducción, pago de impuestos omitidos, multas, recargos, créditos fiscales e incluso consecuencias penales.
Entre los errores más frecuentes mencionó la falta del complemento de pago en facturas emitidas bajo la modalidad pago en parcialidades o diferido, documento indispensable para acreditar que la operación fue efectivamente pagada.
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