Milei reduce la edad mínima para obtener la licencia de armas a los 18 años

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RIO DE JANEIRO, BRAZIL - NOVEMBER 19: Javier Milei president of Argentina look on after participating in a working session as part of the G20 Summit Rio de Janeiro 2024 at Museu de Arte Moderna on November 19, 2024 in Rio de Janeiro, Brazil. The 2024 G20 Summit takes place in Brazil for the first time. The event gathers leaders of the most important economies. Starvation, sustainable development and social inclusion are some of the issues to be during the summit. (Photo by Buda Mendes/Getty Images)

ARGENTINA.- El Gobierno argentino aprobó este martes una modificación en la legislación sobre la adquisición y tenencia de armas, reduciendo la edad mínima para obtener la credencial de legítimo usuario de 21 a 18 años.

La medida fue implementada mediante el decreto 1081/2024, publicado en el Boletín Oficial, que ajusta la reglamentación de la Ley N.º 20.429.

El texto del decreto fue firmado por el presidente Javier Milei, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich y el jefe de Gabinete Guillermo Francos. Este argumenta que la edad mínima para la adquisición y tenencia de armas debe coincidir con la mayoría de edad, que en Argentina se alcanza a los 18 años.

Esta modificación se produce en el contexto de una actualización de la legislación vigente, que busca reconocer la capacidad de los ciudadanos para ser legítimos usuarios de armas a partir de esa edad.

El ajuste a la mayoría de edad

En 1975, cuando se reglamentó por primera vez la Ley N.º 20.429, la mayoría de edad en Argentina era de 21 años, lo que justificaba la edad mínima de 21 años para obtener la credencial de legítimo usuario. Sin embargo, en 2009, la mayoría de edad pasó a ser de 18 años, lo que generó la necesidad de actualizar la normativa.

Con el decreto 1081/2024, el Gobierno busca armonizar la legislación actual, alineando los requisitos para la tenencia de armas con la mayoría de edad establecida en la legislación argentina.

Requisitos adicionales se mantienen igual

El decreto también establece que, aunque se reduzca la edad mínima, los otros dos requisitos esenciales para la obtención de la licencia permanecen sin cambios.

El solicitante debe demostrar que no padece anormalidades psíquicas o físicas que le impidan la tenencia de armas de fuego. Además, debe acreditar ante la autoridad policial correspondiente su identidad, domicilio real y medios de vida lícitos.

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