Irá a prisión quien discrimine a tatuados

Presenta PAN iniciativa para reformar el Código Penal.

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Foto: Agencia

Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La discriminación a personas con tatuajes visibles o no visibles, así como marcas o modificaciones en la piel, también será sujeta a una sanción de uno a tres años prisión.

Los diputados del PAN en el Congreso del Estado presentaron la iniciativa que reforma el artículo 309 BIS del Código Penal de Tamaulipas.

El diputado Jesús Ma. Moreno Ibarra dijo que existen distintos tipos de discriminación, pero uno de los más comunes es el que se da por apariencia.

“Se entiende que la diversidad de opiniones es muy amplia y que para algunas personas un tatuaje es una manera de embellecer la piel, así como una forma de expresión cultural y social, que no se limita a grupos específicos o a determinada edad”, dijo el legislador.

“Pero para otras personas muchas veces va en contra de sus principios”, expresó en tribuna.

Esa diferencia ideológica, dijo, no debe ser un impedimento para conseguir un empleo o una razón para ser discriminado.

La discriminación que se da en el trabajo por el hecho de que las personas tengan algún tatuaje, marca y/o modificación visible o no visible en la piel, es una situación recurrente y que aún está presente en muchas organizaciones y empresas.

De acuerdo a un estudio realizado por el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), en Tamaulipas durante la última década, la apariencia física es una de las tres principales causales de discriminación.

Este tipo de sanción se impone a quienes atenten contra la dignidad humana por razón de origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, embarazo, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales y el estado civil.

La iniciativa fue turnada a comisiones legislativas para su estudio y dictaminación.

ADEMÁS DE LA PRISIÓN…

-También se podrá imponer una sanción de 25 a 100 días de trabajo a favor de la comunidad y multa de 50 a 200 veces el valor de Unidad de Medida de Actualización (UMA).

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