CIUDAD DE MÉXICO.- Esta semana, la reforma para duplicar el aguinaldo libró su primer round en el Senado luego de la aprobación del dictamen en la Comisión de Trabajo y Previsión Social, instancia donde fue avalado por unanimidad.
En ambas cámaras del Congreso de la Unión se han presentado proyectos para mejorar el aguinaldo de los trabajadores, el Senado tomó la delantera al dictaminar las dos propuestas planteadas en esta legislatura.
La primera iniciativa presentada en la Cámara Alta fue en marzo del 2023, promovida por las senadoras Gabriela Benavides, Alejandra Lagunes y María Graciela Gaitán (PVEM). En febrero de este año, el senador Napoleón Gómez Urrutia (Morena) sumó un proyecto en el mismo sentido.
En ambas reformas, los legisladores reconocen que la base del cálculo para esta prestación no ha sido modificada en más de cinco décadas, lo que refleja un pendiente en la agenda de mejorar de derechos laborales.
“Resulta benéfico y equitativo el duplicar los días de aguinaldo pasando de 15 días a 30 días. Además de que se favorecerá al sector productivo y, en consecuencia, el fortalecimiento de la economía nacional y familiar”, refiere el dictamen.
A continuación las claves del proyecto de reforma:
» 1. Aguinaldo de 30 días
El proyecto aprobado en comisiones plantea elevar de 15 a 30 días de salario la base de cálculo de la prestación; es decir, que ningún trabajador reciba menos de 30 días de sueldo como aguinaldo. Al tratarse de una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) sólo sería aplicable a los trabajadores del sector privado.
» 2. Brecha con el sector público
Actualmente las personas que laboran en el sector público tienen un aguinaldo superior a los del sector privado, al menos legalmente. Para los burócratas esta prestación no puede ser inferior a 40 días, esto es 25 días más que el piso mínimo para los empleados de empresas privadas.
» 3. Sólo una modificación en cinco años
Desde 1970, cuando el aguinaldo se reconoció como derecho laboral, esta prestación sólo se ha modificado en una ocasión, pero fue para ampliar su acceso a quienes no cumplen un año de antigüedad en una empresa.
» 4. Vigencia inmediata
Por ahora, el dictamen que se analiza en el Senado plantea una entrada en vigor inmediata luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), de aprobarse en estos términos, no habría un período de transición.
» 5. México tiene un aguinaldo bajo
De acuerdo con el análisis de la Comisión de Trabajo del Senado, entre las economías que reconoce el aguinaldo como prestación de Ley, México tiene uno de los montos más bajos. En países como Uruguay, Paraguay, Bolivia, Perú o Brasil, este beneficio equivale a 30 días de salario o una doceava parte del sueldo percibido en el año.
» 6. El incremento no compensaría las horas que se trabaja
El análisis de la Comisión indica que los mexicanos laboran 398 horas más que el promedio de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). Si este tiempo de trabajo se compensara económicamente equivaldría a 12,387 pesos al año, en un caso hipotético de una persona que gana el salario mínimo. En cambio, duplicar el aguinaldo implica un pago anual de 7,468 pesos, también si se considera el salario mínimo vigente.
¿Quiénes pagan menos de 30 días de aguinaldo?
La Encuesta de Remuneración Total de Mercer señala que el 42% de las empresas en México ofrece un aguinaldo inferior a 30 días, este es el universo de compañías que debería hacer ajustes en caso de que la reforma se apruebe en ambas Cámaras.
Sin embargo, el 46% de las empresas que ya cuenta con esta prestación equivalente a 30 días, también tendría que evaluar ajustes, pues su oferta quedaría rezagada en el mercado. Diversas firmas de consultoría han recomendado a las compañías prepararse para este cambio legal.
El aguinaldo es una prestación que se otorga como agradecimiento al esfuerzo del trabajador a lo largo del año y como apoyo para una temporada que se caracteriza por mayores gastos. La encuesta Termómetro Laboral de OCC Mundial muestra que el 54% de los empleados usa este monto para cubrir deudas y otro 15% lo destina a gastos familiares.
Esta prestación debe cubrirse antes del 20 de diciembre de cada año, y tiene derecho a recibirlo toda persona con un trabajo subordinado, sin importar si tiene un puesto fijo o temporal, si trabaja por comisión, es personal de confianza, de base o sindicalizado. La sanción por incumplir con esta obligación oscila entre los 5,187 y 518,700 pesos.
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