CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que los minutos trabajados adicionalmente a la jornada laboral pueden acumularse para cobrarse como horas extra.
Durante la sesión de este jueves la Segunda Sala emitió una jurisprudencia que obliga a todos los juzgados y tribunales del país a considerarla al momento de resolver asuntos de esta índole.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la jornada laboral no puede exceder de 8 horas, la diurna; 7, la nocturna y 7 y media la mixta.
Esta jornada puede prolongarse por nueve horas a la semana y el salario se pagará al doble mientras que el tiempo excedente a esas nueve horas se pagará al triple de lo que corresponde a las horas de la jornada trabajada.
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