La pornografía ya es delito sexual

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CIUDAD DE MÉXICO.- Los responsables de producir, comercializar y distribuir material pornográfico en México sin el consentimiento del involucrado serán castigados con penas de 5 a 15 años de cárcel. Así lo avaló la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al validar que estas actividades sean clasificadas como explotación sexual.

Se mantienen como excepción cuando el material su use para divulgación científica, actividades educativas, artísticas o técnicas y en caso de controversia se deberá acudir ante un juez.

La primera sala de la Corte avaló la fracción III del artículo 10 de la Ley General para prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas que establece las actividades que se consideran explotación sexual y para la que se contemplan sanciones en el artículo 15 de la misma normatividad.

“Será sancionado con penas de 5 a 15 años de prisión y de un mil a 30 mil días multa, al que se beneficie económicamente de la explotación de una persona mediante el comercio, distribución, exposición, circulación u oferta de libros, revistas, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos, de carácter lascivo o sexual, reales o simulados, sea de manera física, o a través de cualquier medio”, señala el artículo.

El porno está a salvo

La industria de entretenimiento para adultos en México está a salvo por el momento, así lo señalaron representantes del sector de organizaciones contra la trata de personas, después de conocerse la resolución de la Corte.

“Mi abogado y yo hemos estado pendientes todo el día, lo analizamos y para nosotros todo sigue igual porque somos una empresa responsable”, aseguró vía telefónica a Infobae, Fernando Deira, productor de la empresa Sex Mex de películas para adultos, una de las más importantes del país.

La industria está tranquila porque dentro de la misma ley se establece que la explotación sexual se da cuando el acusado incurre en engaño, violencia física o moral contra la víctima, abuso de poder, el aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, daño grave o amenaza de daño grave o la amenaza de denunciar a la víctima ante autoridades respecto a su situación migratoria en el país “o cualquier otro abuso de la utilización de la ley o procedimientos legales, que provoque que el sujeto pasivo se someta a las exigencias del activo o tratándose de menores de edad”.

“Nosotros estamos tranquilos y no hemos tenido problemas porque nos apegamos a las causales a que no hay ningún chantaje ni intimidación ni amenaza de daño, la gente está aquí por su propia libertad y porque están por su propio pie”, aseguró.

La Ley General para prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas fue aprobada en 2014, pero existía una controversia ante la Corte sobre el artículo 10, misma por la cual se pronunció y declaró constitucional el considerar la pornografía no consentida como explotación sexual.

“Parece demasiado alarmante, pero no es tal. La pornografía va a ser un delito sólo cuando esté relacionado con la trata de personas, cuando sea engaño, amenaza y todas esas cosas que nos dice la ley en sus artículos 13 y 15”, explicó a Infobae Areli Rojas, presidenta de la Fundación Y Quién Habla por Mi, dedicada a combatir los delitos que se pueden sufrir en la primera infancia, entre ellos, la trata.

Por lo que agrega que ni las películas, ni las revistas para caballeros, entre otros, siempre y cuando cumplan con la ley, corren el riesgo de ser prohibidos.

Areli Rojas Rivera y Fernando Deira consideran que el problema es que la ley es ambigua y queda sujeta a interpretaciones tanto de los jueces como de los ministerios públicos, por lo que el productor de Sex Mex aseguró que para terminar con malentendidos no sólo se necesita volver a redactar la ley sino también establecer el estatus de pornografía legal para que la industria pueda trabajar sobre una base jurídica más clara y así sea más fácil encontrar a quienes realmente comenten abusos.

“Es completamente ambigua, se puede interpretar de distintas maneras, lo que estamos pugnando es que se revise esta ley para que no haya lagunas legales porque está mal redactada y mal hecha”, insistió el productor.

“No habría de que alarmarse, pero la confusión que está generando en el ámbito jurídico y la sociedad sí obliga a que se vuelva a checar la redacción de la ley”, consideró Rojas Rivera.

Deira recordó que hace tres años tuvo que posponer un evento para adultos, precisamente por una mala interpretación de la ley.

Alonso Hernández, uno de los organizadores de Expo Sexo, una feria anual donde se presentan celebridades de espectáculos para adultos, juegos eróticos, etcétera, aseguró que en el pasado ha habido productores que sí han tenido problemas por malas interpretaciones de la ley.

Recordó el caso de un productor argentino detenido a finales de 2016 por una filmación y que salió libre al poco tiempo.

“Nosotros trabajamos sobre esa ley, pero hay que hacerla más clara”, coincidió y explicó que empresas serias de la industria del entretenimiento para adultos no contratan extranjeros sin papeles, e incluso, cuando organizan eventos, como el caso del suyo, previamente hay pláticas con los expositores impartidas por la Fiscalía Federal en la que se les explica qué deben hacer para no incurrir en un delito.

“Les ponemos lineamientos: no engañar, no amenazar, no obligar a las personas a hacer algo que no quieren, incluso en el tema de los salarios que todo trabajo debe ser remunerado, porque antes en la Expo llevaban a mucha gente a través de prometerles fama y no se les pagaba”, agregó.

Deira concluyó que la pornografía no se puede prohibir, pero sí reglamentar para evitar que la gente tenga mala información.

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