MÉXICO.- A partir del 1 de enero del siguiente año, el gobierno federal pretender elevar la cuota de impuestos a cigarros y refrescos, aplicar ISR e IVA a plataformas digitales, así como cobrar el ISR a las personas que reciban ingresos por la renta de viviendas u otros inmuebles, y a los vendedores de productos por catálogo, propuestas que de aprobarse por los legisladores, le pegarán al bolsillo de los consumidores en México.
Si consumes cigarros posiblemente tendrás que desembolsar más dinero para adquirirlos, porque empresas como Philip Morris, dueña de las marcas Marlboro y Delicados, deberá pagar una cuota del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) de casi 50 centavos por cigarro a partir de 2020, en lugar de los 35 que pagan actualmente.
Lo mismo sucede si consumes refresco, porque el gobierno propone una actualización de la cuota del IEPS que pagan las empresas, de 1.17 a 1.27 pesos por litro, cuota que también cambiará cada año.
El gobierno también pretende aplicar IVA e ISR a todos los servicios que se ofrezcan mediante plataformas digitales, tipo Uber, Netflix y Airbnb, empresas que posiblemente trasladarán esta carga fiscal al consumidor final.
Si tienes una vivienda y la rentas deberás pagar el ISR correspondiente a partir del siguiente año, porque si tu arrendatario incumple con el pago de la renta y lo denuncias, la autoridad judicial te pedirá que compruebes haber expedido comprobantes fiscales digitales por la renta del inmueble o, de lo contrario, la autoridad notificará al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
De igual manera, los vendedores independientes de productos por catálogo de empresas, tipo Avon, Natura y Price Shoes, tendrán que hacer pagos provisionales y anuales del ISR y definitivos de IVA y IEPS en su caso, así como expedir comprobantes a partir de enero.
Los anteriores planteamientos fueron hechos por la Secretaría de Hacienda el domingo, pero los legisladores serán los encargados de aprobar, modificar o eliminar las iniciativas que incluye la Ley de Ingresos de la Federación 2020 y la miscelánea fiscal del gobierno federal.
Los diputados tienen hasta el 20 de octubre para aprobar la ley de ingresos, mientras los senadores hasta el 31 de octubre, tras ser aprobada por la Cámara de Diputados.
Los documentos tienen que publicarse en el Diario Oficial de la Federación 20 días después de su aprobación.
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