QUINTANA ROO.- El Congreso de Estado de Quintana Roo aprobó una reforma al Código Penal con la que se modifican los criterios para iniciar un proceso legal por el delito de amenaza en el estado y establecer sanciones más justas.
A nivel federal se aprobó una reforma que incrementa las penas en contra del delito de amenaza. Por ello, la propuesta presentada en el congreso local busca alinear las leyes con el fin de mejorar la redacción de las normativas locales y garantizar el acceso a la justicia.
La diputada Guillermina Flores señaló que el Código Penal del estado de Quintana Roo era incompatible con el federal, ya que se establecía que la amenaza se tenía que llevar a cabo en más de dos ocasiones para que fuera considerado delito: A nivel federal, basta que la víctima sea amenazada una vez para que el hecho sea investigado por el Ministerio Público.
La reforma fue aprobada por unanimidad con 23 votos a favor y establece que las investigaciones sean de forma inmediata desde la primera amenaza.
Antes de la reforma, en Quintana Roo se penalizaba con hasta un año de cárcel el delito de amenaza, pero ahora se ha elevado a cinco años sin derecho a fianza, siempre y cuando las víctimas son testigos o forman parte de una investigación de violencia.
Cómo se acredita el delito de amenaza
Para que se configure el delito de amenaza en México, es necesario que los actos realizados, hechos, palabras o mensajes perturben la tranquilidad o alteren el ánimo de la víctima o produzcan perturbación psíquica por el temor a que se le haga un mal en el futuro.
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