GUERRERO.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) dio a conocer que investiga el paradero de unos pescadores por la presunta captura ilegal de un cocodrilo de río en el mar, el cual exhiben a turistas, negándose a ponerlo a disposición de las autoridades ambientales.
En un comunicado, detalló que el ejemplar de cocodrilo de río (Crocodylus acutus), fue capturado frente al Club de Yates de Acapulco, Guerrero, y que la investigación se lleva a cabo a fin de deslindar responsabilidades y sancionar conforme a la legislación ambiental vigente.
Explicó que, en atención y seguimiento a un video publicado este viernes en redes sociales, personal de la Delegación Federal de la Profepa en la entidad acudió al lugar referido para verificar los hechos reportados en el citado video.
Indicó que inspectores federales de la dependencia se entrevistaron con el Director del Club de Yates Acapulco, quien les informó que un grupo de pescadores se percataron de la presencia del reptil, frente al área destinada al club de yate.
Éstos capturaron al ejemplar de cocodrilo de río y lo exhibieron en el muelle del mencionado sitio de yates; al solicitarles que entregaran al saurio para posteriormente dar conocimiento a la Profepa, los pescadores contestaron que lo harían pero a cambio de dinero, por lo que ante la negativa de un pago a cambio del cocodrilo, decidieron llevárselo.
A decir del director del Club de Yates Acapulco y a simple vista en el video, se puede apreciar que se trata de un ejemplar de cocodrilo de río (Crocodylus acutus), de entre 60 y 70 centímetros de longitud, el cual se observaba aparentemente débil, pues no tenía movimiento.
El reptil pudo haber bajado de algún cuerpo de agua, debido a que las boca barras de la Laguna Negra de Puerto Marqués, la de Coyuca de Benítez y la de Tres Palos, se encuentran abiertas, señaló.
El cocodrilo de río (Crocodylus acutus) está listado en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría de especie “Sujeta a Protección Especial (Pr)” y está incluido en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).
Precisó que el Artículo 420 fracción IV y V del Código Penal Federal, establece que se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y multa por el equivalente de 300 a 3 mil Unidades de Medida y Actualización a quien dañe algún ejemplar de flora o fauna silvestres terrestres o acuáticas en veda, considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial o regulada por algún tratado internacional del que México forme parte.
Asimismo, la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) establece para el caso de daño o destrucción de ejemplares de vida silvestre o de su hábitat, una sanción que puede ir de 50 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización, refirió.
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