Ahora sí, van a multar a los padres que permitan a sus hijos fumar… en España

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ESPAÑA.- El Consejo de Ministros de España aprobó el Anteproyecto de Ley que modifica la Ley 28/2005 para reforzar la protección de la salud frente al tabaquismo y regular los nuevos productos relacionados con el tabaco. La reforma introduce, por primera vez, la prohibición expresa del consumo por parte de menores, amplía de forma significativa los espacios sin humo y sin vapeo y fija un régimen sancionador específico.

Este marco, de acuerdo con la interpretación de la norma y las prácticas sancionadoras en protección de menores, abre la puerta a multas a los padres o tutores cuando se constate consumo por parte de menores, además de sanciones directas a los infractores, según han recogido medios especializados en la tramitación del texto.

El texto, enmarcado en el Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027, “incorpora medidas destinadas a fortalecer la prevención, proteger a los colectivos más vulnerables, especialmente la población joven” y a “ofrecer mayor claridad jurídica frente a la proliferación de nuevos productos” sin regulación específica.

Entre las principales novedades, el anteproyecto prohíbe la venta y el suministro de cigarrillos electrónicos de un solo uso y equipara los dispositivos de vapeo —con o sin nicotina—, las bolsitas de nicotina para uso oral, los productos a base de hierbas (shishas y mezclas vegetales) y los dispositivos de productos calentados al tabaco convencional.

En consecuencia, estos productos “quedarán sometidos a las mismas restricciones legales que el tabaco convencional”, lo que incluye “prohibición de fumar o utilizar estos productos en espacios públicos cerrados y en una lista ampliada de entornos exteriores, tales como terrazas de bares, recintos donde se desarrollen espectáculos públicos, instalaciones deportivas, parques infantiles, estaciones de transporte o centros educativos”.

También se establece la “prohibición de venta a menores de edad y, por primera vez, también prohibición de consumo por parte de este colectivo”, una medida que el Gobierno enmarca como refuerzo de la protección de la infancia y la adolescencia.

Para sustentar su aplicación, el anteproyecto crea un régimen sancionador con “infracciones, sanciones económicas y responsabilidades para los infractores”, y una “obligación de señalización clara en los espacios donde se prohíbe su uso o consumo”.

Aunque el articulado no detalla los supuestos de corresponsabilidad, la combinación de prohibición de consumo a menores y régimen sancionador sienta la base administrativa para que, en los casos en que el infractor no pueda ser sancionado directamente por su condición de menor, se traslade la responsabilidad a sus progenitores o tutores conforme a la normativa de protección de menores y ordenanzas que puedan desarrollar las comunidades autónomas.

 

Imagen intermedia

El proyecto también endurece la regulación publicitaria: “se establece la prohibición de toda forma de publicidad, directa o indirecta… ya sea a través de medios impresos, audiovisuales, digitales, redes sociales, o mediante distribución de muestras o descuentos”.

La restricción alcanza “equipamientos, instalaciones y mobiliario situados en espacios de uso público o colectivo” como bares, discotecas, terrazas o mobiliario urbano, además de bloquear el patrocinio de actividades, eventos y contenidos por parte de empresas del sector.

En el capítulo de gobernanza, el texto restablece el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, concebido como órgano de coordinación interadministrativa para el seguimiento y evaluación de las políticas públicas. Asimismo, se fija un periodo transitorio de 12 meses para ajustar el etiquetado, la información al consumidor y permitir el agotamiento de existencias de vapeadores desechables.

La ampliación de espacios sin humo y sin vapeo se alinea con el Plan Europeo de Lucha contra el Cáncer y el Código Europeo contra el Cáncer, y responde a la evidencia científica sobre el impacto del consumo y la exposición ambiental en la salud. El Ejecutivo subraya que las restricciones buscan reducir la visibilidad social del consumo, especialmente entre los jóvenes, y recortar la prevalencia del tabaquismo antes de 2040.

En conjunto, la prohibición del consumo a menores, la equiparación legal de nuevos dispositivos al tabaco y el régimen sancionador actualizado refuerzan el marco jurídico para actuar contra el vapeo y el tabaco en la población juvenil. En la práctica, las sanciones económicas y las responsabilidades asociadas podrán extenderse a padres o tutores cuando se verifique el incumplimiento por parte de menores, según el desarrollo reglamentario y la aplicación que hagan las autoridades competentes.

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