WASHINGTON.- Un tribunal federal de apelaciones le exigió al gobierno de Donald Trump dar aviso y una oportunidad real de defensa a los migrantes antes de enviarlos a un país distinto al suyo, según resolvió el Primer Circuito de Apelaciones en una sentencia dada a conocer el viernes 18 de septiembre.
La política cuestionada permite que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) envíe a alguien con una orden de deportación firme a una nación con la que nunca tuvo vínculo alguno, sin decirle antes a dónde va ni darle margen para explicar por qué teme llegar ahí.
Esa práctica ha dejado a decenas de personas —entre ellas cubanos, hondureños y guatemaltecos— varadas en países ajenos a su nacionalidad, algunos incluso retenidos meses en una base militar en el este de África mientras el litigio avanzaba. El fallo confirma en gran parte una sentencia previa que ya había declarado ilegal esa política, aunque el gobierno todavía puede apelar ante la Corte Suprema.
La decisión, sin embargo, no fue una victoria completa para los migrantes: el mismo tribunal le dio la razón al gobierno en uno de los puntos que se discutían.
¿De dónde viene este litigio?
El caso, identificado en las cortes como D.V.D. contra el Departamento de Seguridad Nacional, comenzó en marzo de 2025, cuando cuatro migrantes —originarios de Cuba, Honduras, Ecuador y Guatemala— demandaron al gobierno por una directriz de ICE que ordenaba revisar los casos de personas ya liberadas de detención para evaluar si podían ser expulsadas a un tercer país.
Uno de esos demandantes, identificado en el expediente como O.C.G., ejemplifica el riesgo que la demanda buscaba frenar, según refiere la sentencia del Primer Circuito: un juez de inmigración le había concedido protección para no ser devuelto a Guatemala por temor a persecución, pero DHS lo deportó a México, y desde ahí las autoridades mexicanas lo regresaron a Guatemala de todas formas.
La disputa escaló meses después, cuando el gobierno intentó deportar a un grupo de hombres —ninguno de nacionalidad sursudanesa— hacia Sudán del Sur. Un juez federal detuvo esos vuelos, y mientras la apelación avanzaba, la Corte Suprema le permitió al gobierno retomar las deportaciones a terceros países en junio de 2025, con la jueza Sonia Sotomayor acusando en su disenso al gobierno de actuar de forma “flagrantemente ilegal”.
Los migrantes de ese vuelo permanecieron retenidos, mientras se resolvía el litigio, en una base militar estadounidense en Yibuti.
¿Cómo ha avanzado el fallo?
Entre ese primer aviso judicial y el fallo del viernes pasado transcurrieron 18 meses de idas y vueltas entre tribunales, según reconstruye la propia sentencia del Primer Circuito:
- Marzo de 2025: se presenta la demanda colectiva y un juez emite una orden temporal que frena las deportaciones sin aviso
- Abril de 2025: el mismo juez certifica una clase de demandantes a nivel nacional y amplía esa medida
- Junio de 2025: la Corte Suprema suspende la medida y permite reanudar las deportaciones mientras se resuelve la apelación
- Febrero de 2026: el juez de distrito Brian Murphy dicta su fallo final, declarando ilegal la política
- Septiembre de 2026: el Primer Circuito confirma en gran parte ese fallo
¿Qué exige el fallo, en concreto?
De acuerdo con la sentencia, el gobierno debe cumplir tres obligaciones concretas antes de enviar a alguien a un país no contemplado en su orden de deportación:
- Aviso por escrito, en un idioma que la persona entienda, del país específico al que sería enviada
- Una oportunidad real de explicar por qué teme sufrir persecución o tortura en ese país
- Si esa primera explicación no logra detener la expulsión, al menos 15 días para pedir que se reabra su caso y presentar el argumento con más detalle
Antes de este fallo, la política del gobierno contemplaba avisos de apenas 24 horas —o ninguno en absoluto, si el país receptor le había dado a Estados Unidos garantías diplomáticas de que no perseguiría ni torturaría a la persona—. Es precisamente esa falta de aviso lo que el tribunal consideró incompatible con las leyes de inmigración vigentes.
La parte donde el gobierno sí ganó
La mayoría de las coberturas iniciales del fallo lo presentaron como un revés total para el gobierno, pero el panel también le dio la razón a DHS en un punto específico: los cuatro demandantes originales no lograron demostrar que ellos mismos hubieran sido perjudicados por la falta de un requisito adicional que exigía intentar primero deportar a la persona a un país que ella misma hubiera elegido, o del que fuera ciudadana, antes de recurrir a un tercer país.
Por esa razón técnica —no porque el tribunal considerara la práctica legal—, esa parte de la demanda quedó fuera del fallo.
El riesgo que esa omisión deja abierto no es menor. Según la propia sentencia del Primer Circuito, un reporte de la minoría en el Comité de Relaciones Exteriores del Senado encontró que más del 80% de los migrantes enviados a un tercer país bajo esta política ha terminado regresando a su país de origen de todas formas, muchas veces al mismo lugar del que huían.
¿Qué sigue ahora?
El gobierno de Trump todavía puede pedirle a la Corte Suprema que revise el caso, y es probable que el máximo tribunal termine por decidir el asunto, según Reuters, que cubrió el fallo el mismo viernes.
El tema tampoco es ajeno para México: apenas este mes, Estados Unidos había enviado a casi 3 mil mexicanos hacia países de Centroamérica como parte de esta misma política, una práctica que la presidenta Claudia Sheinbaum ya había rechazado públicamente.
Mientras el litigio sigue su curso, los migrantes con una orden de deportación firme quedan en un punto intermedio: el gobierno ya no puede enviarlos a un tercer país sin avisarles ni darles oportunidad de defenderse, pero la posibilidad de que la Corte Suprema revierta parte de esa protección —como ya lo hizo una vez, en junio de 2025— sigue sobre la mesa.
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