Estudiante de secundaria logra amparo para no cortarse el cabello

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CHIHUAHUA.- Un estudiante de una escuela de nivel secundaria ubicada en el municipio de Hidalgo Del Parral, del estado de Chihuahua, logró un amparo inédito por medio del cual podrá ingresar al centro educativo sin tener que cumplir con el reglamento del colegio, en el que se establece que debe acudir con el cabello corto.

Fue el padre del menor de edad quien promovió el recurso, -el cual fue resuelto a su favor por el juez federal Alberto González-, en el cual acusó que la obligación impuesta por las autoridades escolares de que su hijo acuda con determinado corte de pelo, contravenía tres de sus garantías individuales.

La resolución destaca que la argumentación, el promovente de la demanda acusó que el hecho de que el estudiante de edad tenga el cabello de tal o cual manera, es ajeno a su desarrollo.

Discriminación por género, restricción a la educación y libre desarrollo de la personalidad

“El que un estudiante lleve el cabello de cierta forma, no aporta ni afecta el aprendizaje y convivencia escolar; por el contrario, a su consideración dicha imposición limita el derecho al libre desarrollo de la personalidad de los menores (…) afectando además su derecho de acceso a la educación con motivo de una cuestión estética”.

De la misma forma, el dictamen final destaca que el padre del alumno, refirió que al negarle la entrada a la escuela en tres ocasiones, se restringió su su derecho a la educación, pues el corte no puede coartar dicha garantías.

Asimismo, apuntó que con dicha acción, las autoridades del plantel educativo incurrieron en discriminación por razón de género, ya que “a las mujeres no se les exige un corte de cabello determinado”.

Finalmente, acusó una afectación del derecho al libre desarrollo de la personalidad, pues la imposición de un corte “viola en perjuicio de su menor hijo el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad”.

Por lo anterior, el juez federal otorgó el amparo a su favor:

“La Justicia de la Unión Ampara y protege al menor de iniciales *******, representado por su padre ***** **** ********* **** *********, contra los actos reclamados a la Secretaría de Educación y Deporte y Escuela Secundaria Oficial **** ********* ****** ****** , para los efectos precisados en el considerando sexto de la presente sentencia”.

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