Ahorro. Advierten daño con tasas de interés para 2021

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CIUDAD DE MÉXICO.- En la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (ILIF) para 2021 hay diversas propuestas en materia de tasas de interés que no favorecerán el ahorro y la inversión, advirtieron fiscalistas.

Si bien se propone reducir de 1.45% a 0.97% la tasa de retención del impuesto sobre la renta (ISR) en intereses pagados por el sistema financiero en México para el próximo año, el efecto de la inflación y los tipos de interés perjudicarán a los pequeños ahorradores, apuntó el presidente del Comité Fiscal del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), Pablo Mendoza.

Considerando una tasa de interés del 4% y una inflación del 3%, quedaría un interés neto de 1%, más la tasa del ISR del 0.97% quedarían muchos saldos a favor, explicó.

“Esto, sobre todo en el pequeño ahorrador, puede generar una situación muy complicada para efectos de los flujos de todo mundo”, alertó Mendoza.

Durante el Tercer Foro virtual de la Comisión de Hacienda en el Senado, se pronunció por medidas que promuevan el ahorro y la inversión como un elemento fundamental.

Por su parte, la fiscalista Nora Morales expuso que las tasas de recargo —que proceden cuando se autoriza el pago a plazos— previstas en la ILIF 2021, tendrán un impacto pese a que son las mismas vigentes este año.

En el caso de los plazos superiores a 24 meses, la tasa es del 21.84% anual, muy por encima en comparación a cualquier crédito que arranca desde el 7%, puntualizó.

Morales hizo ver que, si bien los réditos han disminuido en 2020, el recargo que se incluye en la iniciativa de Ley de Ingresos para el próximo año es muy probable que afecte a muchos contribuyentes, quienes estarían solicitando el pago a plazos para poder cumplir con sus obligaciones fiscales.

“Sabemos que ahora los contribuyentes, en especial los pequeños que no tienen acceso al crédito de la banca, estarán recurriendo al pago a plazos o en parcialidades”, ponderó.

Nora Morales afirmó que es más barato pedir prestado al banco para cumplir ante el fisco, que solicitarle al Servicio de Administración Tributaria (SAT) pagar impuestos a plazos.

ESTÍMULOS ACUMULADOS

Entre otros efectos de la iniciativa, la fiscalista mencionó que se introduce una propuesta para que los estímulos se acumulen para efectos del ISR, cuando efectivamente los utilicen.

Sin embargo, matizó que no todos los estímulos fiscales eran considerados como acumulables.

Refirió un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que los reconoce como una herramienta de fomento económico y que, por tanto, no deberían de considerarse como ingresos acumulables, salvo cuando el legislador expresamente lo señale.

Es decir que, con excepción de los estímulos carreteros, todos los demás, por disposición de la SCJN, podían no ser acumulables.

“Ahora, se propone que todos los estímulos sean acumulables, con excepción de una fracción”, indicó.

Morales explicó que esto es relevante porque cuando se hace acumulable un estímulo, el efecto ya no es total porque se grava como ingreso lo que uno recibe.

Finalmente, alertó que en este momento en que las empresas tienen grandes necesidades de recursos, hacer acumulables los estímulos fiscales, a diferencia de otros años, tendrá como consecuencia menos flujo y liquidez.

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